Programe su declaración de renta: los vencimientos inician en agosto

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Aunque el Gobierno, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), movió algunas fechas de pago de impuestos para empresas (renta e IVA), la presentación de la declaración de renta de las personas naturales no ha tenido ningún cambio y los vencimientos comienzan en tres semanas, el 11 de agosto, con los dos últimos dígitos de la cédula (NIT) que para ese día aplica para contribuyentes cuyos dos últimos números de la cédula terminen en 99 y en 00.

Como se recuerda, los vencimientos de la declaración son cada día hábil en forma descendente para dos números de terminación de la cédula, y este año el período va del 11 de agosto hasta el 21 de octubre, día en que deben declarar quienes tienen cédulas terminadas en 01 y 02.

Además, quienes viven en el exterior deben presentar su declaración en forma electrónica y también dentro de los mismos plazos a continuación señalados, según el calendario vigente de la Dian.

Vencimientos agosto

Vencimientos septiembre

Vencimientos octubre

¿CÓMO SÉ SI DEBO DECLARAR ESTE AÑO?
Según el decreto 2345 del 23 de diciembre del año pasado, expedido por el Ministerio de Hacienda, todas las personas naturales que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones, deben declarar el impuesto sobre la renta 2020, sobre el año gravable 2019.

Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2019 sea igual o superior a $154.215.000
Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $47.978.000
Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $47.978.000
Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $47.978.000
Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $ 47.978.000

Es decir que, no estarán obligados a declarar quienes al último día del año gravable 2019 no excedieron de patrimonio bruto las 4.500 Unidades de Valor Tributario -UVT- ($ 154.215.000) o quienes sus ingresos totales no fueron superiores a 1.400 UVT ($ 47.978.000), lo que representaría un ingreso mensual total de $ 3’998.166.

Pero es importante recordar que a la Dian llega la información exógena remitida por las empresas o firmas que que el año pasado le hicieron pagos a personas naturales, y que estos recursos también hacen parte de sus ingresos, en caso de que tengan un salario y realicen actividades adicionales puntuales o recurrentes para tener mejor ingreso.

FUENTE: ECONOMÍA Y NEGOCIOS / EL TIEMPO