CREDITO PARA COMPRA DE CARTERA: será otorgado para la compra de cartera contraída con personas jurídicas, legalmente constituidas, diferentes a FECEL, certificadas mediante extracto o certificación expedida por la entidad.
CONDICIONES: Las siguientes son condiciones para obtener el crédito de compra de cartera en FECEL:
- Se girará el valor o valores aprobados a la entidad o entidades y/o se consignará en la cuenta del tercero que indique el asociado, una vez se hayan constituido las garantías correspondientes.
- Los asociados beneficiados con esta modalidad no podrán acceder a ninguna otra línea de crédito de FECEL, hasta tanto no liberen su cupo con el tope máximo establecido en el reglamento de crédito vigente.
Requisitos: - : deberá llevar por lo menos 1 año de afilado a FECEL en forma continua.
- Monto máximo: hasta 5 veces los ahorros permanentes y voluntarios, siempre sujeto a la capacidad de pago por descuentos de nomina del asociado.
- : Hasta 84 meses.
- Tasa de interés nominal: Según el plazo de amortización, así: