Cuota Unica

CREDITO CUOTA UNICA. Se otorgará por una sola vez en cada semestre en los meses de abril y mayo y en los meses de octubre y noviembre
para cancelar en una sola cuota en junio o en diciembre respectivamente, con el fin de atender necesidades de diferente índole.

Requisitos:
1. Monto máximo: hasta el 35% del valor de salario básico del asociado, si este tiene derecho a prima y para los asociados con salario integral, hasta el 25% de su salario básico, dentro de su cupo de crédito y sujeto a cumplir lo estipulado en el artículo 3° numeral 5 del presente reglamento.

2. Tasa de interés nominal:
 

PlazoTasa NominalTasa Efectiva
Hasta 1 cuota16,50%17,81%