CREDITO DE SOLIDARIDAD. Será otorgado para atender situaciones súbitas e imprevisibles por hechos que afecten el patrimonio y/o la
vida del asociado y/o su núcleo familiar, lo cual deberá ser debidamente demostrado. Es de carácter rotativo.
Requisitos: 1. Monto máximo: hasta 5 veces los ahorros permanentes y voluntarios.
2. Plazo máximo: hasta 84 meses.
3. Tasa de interés: Según el plazo de amortización, así:
Plazo | Tasa Nominal | Tasa Efectiva |
Hasta 2 cuotas | 00,00% | 0,00% |
Hasta 60 cuotas | 9,00% | 9,38% |
Hasta 72 cuotas | 9,50% | 9,92% |
Hasta 84 cuotas | 10,00% | 10,47% |
Se girará o transferirá directamente a la entidad prestadora del servicio si la calamidad lo permite o se consignará en la cuenta que indique el
asociado.
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